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GENERALIDADES
La Evacuación de las aguas servidas se realiza por medio de
un conjunto de tuberías que deberían cumplir con las condiciones sgtes:
Evacuar rápidamente las aguas servidas, alejándolas de los
aparatos sanitarios.
Impedir el paso del aire, olores y organismos patógenos de
las tuberías al interior de la vivienda o edificio.
Las tuberías deber ser de materiales durables e instaladas
de manera que no se provoquen alteraciones con los movimientos de los
edificios.
Los materiales de que están hechas las tuberías deben
resistir la acción corrosiva del terreno en que están instaladas y de las aguas
que la transportan
DISPOSICIONES GENERALES
a) El sistema integral de desagüe deberá ser diseñado y
construido en forma tal que las aguas servidas sean evacuadas rápidamente desde
todo aparato sanitario, sumidero u otro punto de colección, hasta el lugar de
descarga con velocidades que permitan el arrastre de las excretas y materias en
suspensión, evitando obstrucciones y depósitos de materiales.
b) Se deberá prever diferentes puntos de ventilación,
distribuidos en tal forma que impida la formación de vacíos o alzas de presión,
que pudieran hacer descargar las trampas.
c) Las edificaciones situadas donde exista un colector público
de desagüe, deberán tener obligatoriamente conectadas sus instalaciones
domiciliarias de desagüe a dicho colector. Esta conexión de desagüe a la red
pública se realizará mediante caja de registro o buzón de dimensiones y de
profundidad apropiadas, de acuerdo a lo especificado en esta Norma.
d) El diámetro del colector principal de desagües de una
edificación, debe calcularse para las condiciones de máxima descarga.
e) Todo sistema de desagüe deberá estar dotado de suficiente
número de elementos de registro, a fin de facilitar su limpieza y
mantenimiento.
f) Para desagües provenientes de locales industriales u
otros, cuyas características físicas y químicas difieran de los del tipo
doméstico, deberán sujetarse estrictamente a lo que se establece en el Reglamento
de Desagües Industriales vigente, aprobado por Decreto Supremo N°
28-60-S.A.P.L. del 29.11.60, antes de su descarga a la red pública.
g) Cuando las aguas residuales provenientes del edificio o
parte de este, no puedan ser descargadas por gravedad a la red pública, deberá
instalarse un sistema adecuado de elevación, para su descarga automática a
dicha red.
SIFONAMIENTO POR COMPRESIÓN
SIFONAMIENTO POR ASPIRACIÓN
AUTOSIFONAMIENTO
PARTES DE UNA RED DE EVACUACION
REGISTROS Y CAJAS DE REGISTRO Y BUZONES
TRAMPAS
RED DE VENTILACIÓN