CONTENIDO
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Ámbito de aplicación
1.1. De acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nos. 28522 y 28802, en adelante la Ley, se sujetan a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público emita a su amparo, todas las Entidades y Empresas del Sector Público No Financiero de los tres niveles de gobierno que ejecuten Proyectos de Inversión Pública.
1.2. En el caso de los Gobiernos Locales, las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, solamente son aplicables a aquellos incorporados a este Sistema.
1.3. En ese marco, toda referencia genérica a Entidades, en el presente Reglamento y las Resoluciones y Directivas que se expidan a su amparo, se entenderá referida a las Entidades y Empresas del Sector Público No Financiero de los tres niveles de gobierno, independientemente de su denominación y
oportunidad de creación.
Artículo 2.- Definiciones
2.1. Defínase como Proyecto de Inversión Pública a toda intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear,
ampliar, mejorar, o recuperar la capacidad productora o de provisión de bienes o servicios; cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto
y éstos sean independientes de los de otros proyectos.
2.2. No son Proyecto de Inversión Pública las intervenciones que constituyan gastos de operación y mantenimiento. Asimismo, tampoco constituye Proyecto de Inversión Pública aquella reposición de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable; (ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento
de la entidad; o (iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios.
2.3. Para efectos del Sistema Nacional de Inversión Pública, considérese Recursos Públicos a todos los recursos financieros y no financieros de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público. Los recursos
financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento.
2.4. Para efectos del Sistema Nacional de Inversión Pública, el Programa de Inversión es un conjunto de Proyectos de Inversión Pública y/o Conglomerados
que se complementan y tienen un objetivo común.
CAPÍTULO 2
ÓRGANOS CONFORMANTES DEL
SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA
Artículo 3.- Autoridad Técnico-normativa del Sistema
Artículo 4.- Coordinación de la Dirección General de Programación Multianual del
Sector Público con otras entidades y los entes rectores de otros sistemas administrativos
Artículo 5.- Determinación de Sectores y niveles de Gobierno
Artículo 6.- Órgano Resolutivo del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local
Artículo 7.- Oficina de Programación e Inversiones
Artículo 8.- Unidades Formuladoras y Unidades Ejecutoras
Artículo 9.- Empresas que pertenecen a más de un Gobierno Regional o Gobierno Local
CAPÍTULO 3
PROCEDIMIENTOS Y PROCESOS
Artículo 10.- Fase de Preinversión
Artículo 11.- Declaración de viabilidad
Artículo 12.- Fase de Inversión
Artículo 13.- Seguimiento
Artículo 14.- Evaluación ex post
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS